Accidentes de trabajo en Nicaragua.
Avances en prevención y los accidentes de trabajo en Nicaragua.
Por ello, se presentan 2 conceptos sobre accidente de trabajo en Nicaragua, uno que corresponde al Código del Trabajo, art. 110 : "Es el suceso eventual o acción de que involuntariamente, con ocasión o consecuencia del trabajo, resulte la muerte del trabajador o le produzca una lesión orgánica o perturbación funcional permanente o transitorio".
No es un hecho aislado, el que se reconoce también como accidente de trabajo en Nicaragua, el que corresponde por trayecto.
2. El que ocurre al trabajador al ejecutar órdenes o prestar servicio bajo la autoridad del empleador, dentro o fuera del lugar y hora del trabajo.
3. El que suceda durante el período de interrupción del trabajo o antes y después del mismo, si el trabajador se encuentra en el lugar de trabajo o en locales de la empresa por razón de sus obligaciones.
En términos prácticos, será accidente de trabajo en Nicaragua si el trabajador está en cualquier lugar sea dentro de la empresa o locales ajenos pero por orientación de su empleador, y este sufra lesión o muerte deberá ser declarado como tal. Por tanto, reciba la indemnización o atención sanitaria que este requiera.
En Nicaragua, aun existen empresas o instituciones en la que no prestan el àrea de comedor (por ejemplo) en el cual, los colaboradores pueden dirigirse a cualquier lugar de venta de alimentos fuera de su centro de trabajo. Sin embargo, la ley no lo contempla y no protege al colaborador. Por lo cual, si ha decidido visitar algún sitio fuera de su lugar de trabajo, solicite el permiso de su empleador o jefe inmediato por cualquier imprevisto.
Casos que se considerarán excepciones, es decir, que no serán reconocidos como accidente de trabajo en Nicaragua, los siguientes casos: los que ocurran por efectos de ebriedad, por efectos de drogas, intentos suicidas, conflictos personales, lesiones o agresiones ocasionadas intencionalmente y al realizar labores ajenas de la empresa con respecto a sus funciones de contratación.
Datos y cifras de los accidentes de trabajo en Nicaragua.
Según Prevention World, Página web informativa, funcionando desde hace casi 12 años. Es el primer portal de prevención de Riesgos Laborales en castellano. En su publicación del 27 de febrero del año 2017. Reportó que en Nicaragua, se registró una reducción del 36.4% de accidentes de trabajo. Esto fueron datos numéricos del año 2016. Se notificó sobre 9.736 casos nuevos. Números provistos por el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS) y el Instituto Nicaragüense de Entrenamiento y Capacitación Humanística (INECHSA).
Estadísticas de Inechsa, datos basados del INSS (Instituto Nacional de Seguridad social) y del Ministerio del Trabajo (MITRAB) indican que 2016 cerró con 217,028 casos de accidente ocurridos durante jornada laboral, con respecto al año 2015 con 27,764 casos, segùn Anuario estadísticos del INSS.
"Las empresas más afectadas: Industria con 5.408, administración pública 1.624 y sector comercio con 1.376 casos", aseguró Carlos Adán Rodríguez, director de Inechsa.
Rodríguez también precisó que en el año 2016, en la capital de Managua con respecto a los datos numéricos de los accidentes de trabajo en Nicaragua ocupó el primer lugar con el mayor número de casos al registrador con 9.304, de estos 2.983 fueron leves, 468 fosas y 10 mortales. El segundo lugar se registró en la ciudad de Chinandega con 1,095 accidentes, seguido de Masaya con 1,047.
¿¿¿Qué hacer ante un accidente de trabajo en Nicaragua, investigado y confirmado por la empresa???
1. El trabajador accidentado, debe de carácter obligatorio notificar al empleado o en su defecto a su jefe inmediato.
2 . Según ley: El trabajador debe de acompañar al colaborador a la Institución Proveedora de Servicios de Salud para Riesgos Profesionales que le corresponde para la atención sanitaria.
3. Durante este proceso, el empleado debe investigar las circunstancias en que se generó el accidente. De confirmarse se elaborará la Notificación de Accidente de Trabajo (NAT) en físico o linea.
4. El trabajador debe portar la Notificación original a la unidad hospitalaria de atención médica y, una copia a la Delegación del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social.
5. Importante: El trabajador es el ÚNICO responsable de notificar a las autoridades correspondientes. Según la Ley 618: Ley de Higiene y Seguridad del Trabajo. Art:28 dice: El empleador debe de reportar los accidentes leves en un plazo máximo de cinco días hábiles y los mortales, graves horas y muy graves en el plazo máximo de veinticuatro hábiles más el término de la distancia, al Ministerio del Trabajo en el modelo oficial establecido, sin perjuicio de su declaración al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y Ministerio de Salud".
6. Si el colaborador puede movilizarse, se dirigirá al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social con: Copia hoja NAT + Epicrisis por la IPSS + declaración personalizada. Una vez esto, queda registrado el suceso. En caso de que no se pueda movilizar lo ejecutará hasta la recuperación del paciente.
¿¿¿Cuáles son los requisitos para recibir la atención médica inmediata por accidente de trabajo en Nicaragua en casos de urgencias???
1. Notificación del accidente de trabajo por medio de la HOJA NAT original (excepto si está registrado en línea).
2. Cédula de identificación original.
3. Carnet de seguro social original.
4. Si es de ingreso reciente Notificación del Ingreso del Trabajador (NIT). En caso de urgencias no debe limitar dicha asistencia inmediata.